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ACTIVIDAD EMPRESARIAL

16 de mayo de 2023

AFIP: lanzan alivio fiscal y planes de pago.

AFIP anunció nuevas medidas para facilitar el pago de impuestos a los contribuyentes. Enteráte de qué se trata el nuevo plan de facilidades.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció, como parte de un paquete de medidas económicas, la implementación de un plan de facilidades de pago y alivio fiscal para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) que tengan obligaciones fiscales vencidas y con una menor tasa de financiamiento.

Se resolvió poner en vigencia un amplio programa de alivio fiscal y un "plan de facilidades de pagos para cancelar obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril del corriente año".

La cartera económica detalló que se trata de un stock de deuda a regularizar por 456.063 millones de pesos, que comprende a 656.121 contribuyentes, de los cuales el 48,1% son micro y pequeñas empresas, el 11,5% son medianas y el 31,2% restante son pequeños contribuyentes y monotributistas.

 

AFIP: cómo es el nuevo plan de pagos para Pymes

El plan de facilidades de pago incluye a "las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas- vencidas al 30 de abril pasado, multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.

Al mismo tiempo, se resolvió que el plan "incluya la deuda en discusión en sede administrativa-judicial como así también la incluida en planes caducos hasta la vigencia de la presente resolución general", en tanto que "no se permite la refinanciación de planes vigentes y no se incluye los vencimientos de ganancias y bienes personales -de personas humanas y sociedades- de diciembre de 2022".

En cuanto a las características del programa, las Mipymes podrán refinanciar sus deudas impositivas y aduaneras hasta 84 cuotas, mientras que con las obligaciones con la Seguridad Social podrán hacerlo en 36 cuotas.

Por su parte, con las deudas por retenciones y percepciones se podrán regularizar en 12 cuotas.

La tasa de interés aplicable para este segmento de empresas será la equivalente al 60% del interés resarcitorio. El programa quedará caduco en el caso de que los contribuyentes registren 3 cuotas impagas a los 60 días.

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